Harold Hernán Moreno

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OPINIÓN

Multas de transito y otras cosas

Finalizando el gobierno Uribe Vélez firmó la Ley 1383 del 16 de marzo de 2010, que otorga beneficios de carácter permanente para los conductores del país y redistribuye el ingreso de las multas con afectación del presupuesto municipal, al tiempo que afecta la cartera de las Secretarías de Tránsito, que para municipios como Buga, la amnistía es superior a los 2.500 millones de pesos, recursos que se dejan de recaudar por falta de gestión de las últimas administraciones.
Habrá descuentos por pronto pago de multas, eliminación de la duplicación de la multa y 12 meses para acceder a un descuento de 50 por ciento en sanciones.
El conductor que cometa una infracción tendrá, a partir de la imposición de la multa, 5 días para presentarse y pagar con el derecho a acceder al descuento del 50 por ciento. Si cancela del día 6 al 20, gozará del 25 por ciento de descuento. Si no lo hace en este tiempo, tendrá que pagar la totalidad del valor pero la multa no se duplicará en ningún caso.
Se aumenta hasta en un término máximo de 10 años, la suspensión de la licencia para el conductor que sea sorprendido manejando bajo los efectos del alcohol. Los conductores del país con deudas pendientes de pago por infracciones de tránsito tendrán, un descuento del 50% de sus deudas si pagan antes de marzo de 2011.
Los propietarios y las empresas de servicio público, deberán manejar y administrar con mayor cuidado, porque serán corresponsables de las multas de sus conductores; el artículo establece que “serán solidariamente responsables por el pago de multas por infracciones de tránsito el propietario y la empresa a la cual esté vinculado el vehículo automotor, en aquellas infracciones imputables a los propietarios o a las empresas”.
Las empresas de transporte que no controlen a sus conductores para que paguen los comparendos deberán pagar 100 salarios mínimos legales vigentes (51,5 millones de pesos). Antes la multa era de 10 SMLV.
La norma también contempla que los organismos de tránsito deberán reportar diariamente las infracciones al Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) para evitar que los conductores de servicio público sigan acumulando millonarias multas; La Superintendencia de Puertos y Transporte sancionará con multa equivalente a cien salarios mínimos legales mensuales vigentes (51,5 millones de pesos) a las empresas de transporte público terrestre automotor, que tengan en ejercicio a conductores con licencia de conducción suspendida o cancelada.
La licencia de conducción cambiará de formato y no será indefinida; La licencia cambiará de cara, pero quienes ya la tengan no deberán pagar por su renovación. El trámite debe hacerse en los 48 meses siguiente a la promulgación de la ley.
En carretera, los límites de velocidad pasan de 80 kilómetros por hora a 120 kilómetros por hora; En las ciudades, solo en las vías rápidas habrá incrementos: se pasará de 60 kilómetros por hora (Km/h) a 80 (Km/h). Eso sí, en las zonas escolares y residenciales se mantiene máximo de 30 Km/h.