Harold Hernán Moreno

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OPINIÓN

“La ambición por el dinero”

La semana antepasada dejó en jaque a los colombianos, por la sorprendente reclamación que hiciera la ex candidata a la presidencia de la República y liberada del cautiverio al que estuvo sometida por su propia culpa, Ingrid Betancourt.
El jaque no es solo por la cuantiosa suma de dinero que la liberada reclamaba, sino por la apertura de demandas que pueden presentar diferentes ciudadanos por casos similares. La inconformidad radica en la Ingrid-actitud –ingratitud- de la dama, y su apetito económico, quien a través de su progenitora prohibió su rescate, además porque como en múltiples sentencias del consejo de estado se ha reiterado una tesis que Ingrid Betancourt está obligada a conocer en su posición de política y ex candidata a la presidencia de Colombia, “Como se ha dicho, a las autoridades públicas no puede exigírseles lo imposible como adoptar medidas fuera de su alcance en cuanto a recursos económicos se refiere para repeler la acción de mentes desquiciadas- y criminales; con las limitantes que tiene la administración en países como el nuestro, no se puede pedir que para cada ciudadano o frente a cada bien que pudiera resultar vulnerado se disponga de un agente policial o vigilancia especial con el objeto de contrarrestar los atentados de la delincuencia organizada, so pena de resultar comprometida la responsabilidad patrimonial de la administración. Como bien lo anota el Agente del ministerio público en vista de fondo de la primera instancia, el Consejo de Estado ha tenido pronunciándose sobre la materia en la forma que se dejó anotada, como lo hizo en la sentencia del 11 de octubre de 1990 exp. No.5737, con ponencia del Consejero o Dr. Gustavo de Greiff Restrepo:
Bien cabe recordar a la reclamante que la Ley 43 de 1993, le otorga la posibilidad de renunciar a la Nacionalidad Colombiana, si por sus antecedentes no se considera digna de poseerla, además cuál es su propósito si manifiesta que no pretende una indemnización o demandar al Estado Colombiano, hechos que se desestiman con la solicitud de conciliación como requisito previo para iniciar el trámite judicial.
No obstante el retiro de la solicitud de conciliación realizada, el daño quedó marcado y hoy cualquier ciudadano sin análisis previo lleva la premisa que el Estado lo debe indemnizar lo que hará que el presupuesto de la Educación, Salud e inversión social deba desplazarse para el oportuno y buen desempeño de la Rama Judicial.